VIII. PUBLICACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR
Artículo 25.- Publicación y entrada en vigor
Estos Estatutos se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y entrarán en vigor una vez que haya transcurrido el plazo de quince días previsto en el artículo 65.2 de la citada norma.